El que matare a otro será castigado,
como reo de homicidio, con la pena de prisión de diez a quince años. Artículo
ciento treinta y ocho del Código Penal.
El artículo ciento cuarenta y uno,
dice: La provocación, la conspiración y la proposición para cometer los delitos
previstos en los tres artículos precedentes, será castigado con la pena
inferior en uno o dos grados a la señalada en su caso en los artículos
anteriores.
Al parecer, este artículo es de
aplicación (o puede serlo) para los casi niños que empujados por las
circunstancias violentas por las que estamos pasando, han vertido en las redes
sociales. Para ellos se pueden pedir hasta penas de siete años de prisión.
No recuerdo que el código penal, diga
nada sobre los que con su actitud caciquil, con su prepotencia, con su
facilidad para poder llevarse, lo que otros necesitan para su sustento diario,
tengan ninguna pena. Al parecer quien está llevándose dinero que no le
pertenece, quien está recortando las necesidades de las personas y los que
mandan apalear a los que por no estar de acuerdo por estas actuaciones, se
manifiestan pacíficamente, mezclando a los pacíficos con los que producen daños
por intereses espurios, no tienen ninguna clase de pena (o les llega muy tarde).
Yo pienso que no poder identificar a
los unos de entre los otros, ya es suficiente como para desautorizar a quién
confunde lobos con sardinas, pero esto no importa, lo importante es hacer
ejemplo en unos jovenzuelos, que tal vez, la mejor justicia, sería ponerlos en
las manos de sus madres. Pero en fin, si yo fuera político, tal vez me
pareciera poco, todo lo que le hicieran a quién de palabra u obra me ofendiera.
¿Qué pena habría que imponer, a quién se
calla de las maldades de sus compañeros de partido (sea el que fuere) o es que
todos son tontos y nadie se entera de nada? ¿esto no se puede entender por
provocar a personas poco consistentes emocionalmente a cometer imprudencias?
Quién provoca, corre el riesgo de ser
atacado con violencia, la violencia, engendra violencia y tan responsable es el
provocador como el provocado. Si no conoces el remedio, no produzcas la causa.pepaherrero
P.S. Datos tomados del Código Penal, en
vigor desde octubre del año dos mil cuatro
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